En el marco de la segunda ola de contagios de Covid-19, el Gobierno dispuso nuevas restricciones a la circulación, que incluyen el uso de transporte solo para trabajadores esenciales y limitación de la circulación.

El Gobierno nacional dispuso nuevas medidas que incluyen una cuarentena estricta del 22 al 30 de mayo, en el que solo estarán habilitadas para circular y usar el transporte público los trabajadores de actividades esenciales.

Qué pasa con los permisos de trabajadores esenciales

En diálogo con C5N, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, anunció que “sólo las actividades esenciales no necesitan reempadronarse”. Estos permisos de circulación quedarán activos y no es necesario volver a tramitarlos.Qué pasa con los permisos de actividades no esenciales

En tanto, los permisos de actividades no esenciales se darán de baja y habrá que volver a tramitarlos en argentina.gob.ar/circular. Esto incluye también los permisos especiales de 24 y 48 hs. y los permisos de escolaridad presencial.

Por su parte, los permisos de vacaciones se darán de baja y no se podrán volver a tramitar.

Cómo sacar el permiso para circular

  •  Para solicitar el nuevo permiso deberán ingresar en la página www.argentina.gob.ar/circular, o bien obtenerlo mediante la app Cuidar.
  • Primero deberás ingresar tu número de DNI y tu lugar de residencia
  • Posteriormente indicar el motivo por el cual pedís el permiso
  • Según el caso deberás completar un formulario que incluye datos personales
  • Aceptar la presentación de la declaración jurada
  • El permiso te llegará a tu celular

Cabe recordar que se consideran esenciales a las actividades y servicios cuyo personal afectado ha sido exceptuado a través del artículo 6º del Decreto Nº 297/20 y de las Decisiones Administrativas Nros. 429/20, 450/20, 467/20, 468/20, 490/20, 703/20, 729/20 y 810/20. El listado actualizado está disponible en el sitio www.argentina.gob.ar/circular.

 

Quiénes pueden viajar en transporte público

Cabe señalar que también podrá circular en el transporte público el personal doméstico. El resto de los trabajadores esenciales son:

  • Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.
  • Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
  •  Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
  • Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos
  •  Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
  •  Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
  •  Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.
  •  Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.
  •  Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.
  •  Personal afectado a obra pública.
  •  Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
  •  Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
  •  Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.
  •  Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
  •  Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
  •  Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.
  •  Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.
  •  Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
  •  Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
  •  Servicios de lavandería.
  •  Servicios postales y de distribución de paquetería.
  •  Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
  •  Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
  •  S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos.
  •  Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
  •  Inscripción, identificación y documentación de personas.
  •  Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
  •  Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.
  • Traslado de niños, niñas y adolescentes.
  •  Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-.

 

Cómo descargar el certificado de circulación

Para tramitar el certificado único habilitante para circular deberás seguir los siguientes pasos:

  1. Informar en caso de que se tenga DNI argentino o no y hacer click en la opción correspondiente.
  2. Seleccionar provincia a donde se deba ir. Si la opción elegida es, por ejemplo, Buenos Aires se deberá diferenciar entre municipios pertenecientes al AMBA o fuera del AMBA.
  3.  Se deberá seleccionar el motivo por el que se solicita el permiso. Hay tres opciones: Viajar a tu trabajo, ir a un establecimiento educativo a trabajar o estudia o un permiso especial (hacer trámites o tratamientos médicos; trasladar hijos o hijas; asistir a familiar; viajar en micro, tren o avión; manejar por ruta; ir a un evento; practicar deporte).
  4. Una vez elegida la opción, hacer click en “Completar formulario”. En este paso deberás llenar los espacio con tus datos personales, como domicilio de residencia o CUIT del empleador.
  5. Además deberás adjuntar documentación que justifique el permiso y permita comprobar que la persona realiza ese trabajo. Este documento puede ser un recibo de sueldo, monotributo o una carta del empleador. El archivo puede ser subido en .doc, .docx, .pdf, .jpg y .png, y no debe sobrepasar los 10 mb de peso.
  6. Por último, al finalizar el formulario, en ambas opciones te aparecerá un cartel para hacer click en la frase “No soy un robot” y luego en “Solicitar Certificado”.

Tal como indica el sitio, si pediste un certificado especial para hacer un trámite, un tratamiento, trasladar tus hijos o hijas o asistir a un familiar, tendrá validez por 24 horas y solo se podrán sacar dos por semana.

Fuente: Ámbito

 

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