El nuevo programa segmenta la asistencia estatal según el nivel de la caída en los ingresos. También incluye créditos blandos que ya fueron reglamentados por el Banco Central.
A pedido de varios sectores productivos, el Gobierno nacional lanzó una nueva edición del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) y luego de varios encuentros el gabinete económico definió lanzarlo con cambios respecto de las ediciones anteriores teniendo en cuenta que ya hay actividades que comenzaron a trabajar con plenitud.
Pero como la cuarentena y la pandemia siguen golpeando en los ingresos de los trabajadores y de las empresas, en esta edición se incluyen subsidios a los salarios de los sectores que aún están muy complicados y se incorporan créditos blandos.
En este último punto es para las empresas que retomaron actividad pero que su facturación está 30% por arriba en la comparación interanual. Estos créditos, dependiendo de los niveles de facturación, tendrán una tasa subsidiada con un piso del 0% y un techo del 15 por ciento.
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En esta nueva edición quienes accedan el Estado pagará parte de los sueldos del sector privado sin importar si la empresa está en zona de aislamiento social o distanciamiento social (ASPO o DISPO).
El subsidio será hasta el equivalente a 1,5 salario mínimo, vital y móvil (SMVM). Los sectores más afectados por la pandemia y la cuarentena como el turismo, entretenimiento, la cultura y la salud percibirán el ATP hasta fin de año por hasta 2 SMVM.
En el caso de los monotributistas y autónomos de la cultura tendrán créditos a tasa 0% con un año de gracia.
En lo que se refiere a los créditos para las empresas con variación nula o mejora de 30% en la facturación anual, podrán acceder a un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno, con 3 meses de gracia a devolver en 12 cuotas fijas y que deberá ser destinado al pago de los salarios.
Como sólo se puede destinar a salarios, el monto del préstamo se calculará en función de la masa salarial a razón de 1,2 SMVM por cada trabajador registrado de la compañía que figure en la plantilla de salarios correspondiente a mayo de 2020.
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Según la reglamentación del Banco Central los fondos deberán ser acreditados directamente en las cuentas sueldo de los trabajadores en un plazo no mayor a los cinco días hábiles desde el momento en que la solicitud sea recibida.
La tasa aumenta al 7,5% para aquellas organizaciones que muestren que la facturación se incrementó en este tiempo entre el 11 y el 20 por ciento.
Los créditos a tasa subsidiada para empresas que la AFIP habilite fueron reglamentados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), en el marco del decreto 332/2020. Todos los créditos están garantizados por el Fondo de Garantía Argentino (Fogar) y por el Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) que son los que subsidian las diferentes tasas.
Fuente: Infobae