Tras la videoconferencia del miércoles, el Ministerio de Educación nacional dictó una serie de recomendaciones para alivianar la situación económica de las familias
El ministro de Educación Nicolás Trotta mantuvo una videoconferencia con las cámaras de colegios privados
El ministro de Educación Nicolás Trotta mantuvo una videoconferencia con las cámaras de colegios privados

Tras la videoconferencia del miércoles, este jueves por la tarde el Gobierno definió una serie de medidas para atenuar el pago de las cuotas de los colegios privados en medio de la cuarentena obligatoria. Las recomendaciones dan autonomía a las escuelas para que sean ellas las que, de acuerdo a su realidad, tomen las decisiones que crean necesarias.

Como habían consignado las cámaras de colegios privados y las autoridades del Ministerio de Educación nacional, no se impulsan rebajas porcentuales de las cuotas. En cambio, sí se anulan los gastos de los servicios accesorios como el comedor y el transporte escolar mientras las clases estén suspendidas.

A su vez, se insta a que cada escuela, conociendo la situación económica de sus familias, considere postergar el pago de los aranceles o quite los intereses de las deudas contraídas.

En la reunión virtual del miércoles, habían participado el ministro de Educación Nacional, Nicolás Trotta, y representantes de las cámaras que nuclean colegios privados: COORDIEPCONSUDEC CAIEP. También participaron representantes del Consejo Superior de Educación Católica (Consudec) y de la Asociación de Colegios Privados de la provincia de Buenos Aires.

El paquete de medidas

1. Preservar las fuentes de trabajo de los docentes, no docentes, auxiliares y personal directivo de las escuelas de gestión privada, asegurar el pago de los salarios, garantizar el derecho a la educación y adecuar las condiciones de trabajo remoto, en caso de que fuera necesario, para preservar la salud de trabajadores/as y estudiantes.

2. Congelar el valor de los aranceles hasta que concluyan las medidas de aislamiento social y preventivo obligatorio; y retrotraer los aumentos que se hubieren producido con posterioridad a la entrada en vigor del Decreto N° 260/2020.

3. Suspender la facturación o aplicar descuentos en los accesorios al arancel que respondan a servicios directos interrumpidos (ej. comedor) u otros servicios extraescolares.

4. Diferir a solicitud de las familias el pago de un porcentaje del total del arancel facturado para meses subsiguientes en favor de quienes no puedan afrontarlo, tomando como máxima referencia las necesidades para garantizar el pago de sueldos, cargas sociales y gastos ineludibles para el sostenimiento del Plan de Continuidad Pedagógica.

5. Flexibilizarreprogramar extender las fechas de los vencimientos de pago de cuotas o aranceles, restringir los recargos financieros por mora en el pago (intereses), y suprimir las multas y otras penalidades o accesorias durante un plazo no menor al del aislamiento social y preventivo obligatorio.

6. Abstenerse de aplicar medida restrictiva alguna al acceso a las herramientas de aprendizaje por cuestiones vinculadas al pago de los aranceles.

7. Atender situaciones familiares especiales, con la posibilidad de otorgar becas ayudas transitorias conforme a la realidad de las familias y de cada institución.

8. Analizar la estructura de costos y los ahorros posibles sosteniendo las erogaciones esenciales, a fin de disponer, cuando ello sea posible, un descuento en los aranceles; manteniendo la remisión de información conforme a la normativa aplicable.

9. Implementar estas medidas durante el aislamiento social preventivo y obligatorio y, una vez concluido, por un plazo idéntico al transcurrido en tal situación. Es decir, el doble de lo que se extienda la cuarentena.

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